JR WILTSHIRE LAW

LEYES EXPLICADA

La Ley de Violencia contra la Mujer fue renovada en marzo de 2022

EL CONGRESO RENOVÓ LA LEY DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN MARZO DE 2022

https://www.justice.gov/ovw/blog/ovw-celebrates-violence-against-women-act-reauthorization

 

La COVID-19 y el consiguiente confinamiento en el hogar que creó han aumentado las denuncias de violencia doméstica en todo Estados Unidos. Muchos de los afectados son inmigrantes que viven con un Ciudadano de los Estados Unidos (USC) o un Residente Permanente Legal (LPR), comúnmente conocido como “titular de la tarjeta verde”. Represento a víctimas de tales abusos que pueden ser elegibles para alivio migratorio bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA). Me reúno con víctimas de violencia doméstica y evalúo si podrían tener una reclamación bajo VAWA. Una víctima de tal violencia doméstica debe presentar una solicitud en su propio nombre, conocida como una “auto-petición”. Sin embargo, antes de solicitar la residencia en los Estados Unidos bajo VAWA, la víctima debe hacer más que completar el Formulario I-360 y enviarlo a USCIS. Por lo tanto, me reúno con los clientes para recopilar suficiente evidencia que demuestre que se han cumplido todos los requisitos de elegibilidad de VAWA.

¿Qué evidencia debe presentar un(a) víctima ante USCIS al autopedirse para la VAWA (formulario I-360)?

La solicitud VAWA, Formulario I-360, es conocida como la “Petición para Inmigrante Especial Amerasiano, Viudo(a) o Inmigrante Especial”. Además de este formulario, las víctimas deben proporcionar evidencia para demostrar que cumplen con todos los requisitos de la VAWA. Yo asisto en completar los siguientes documentos que deben presentarse con todas las solicitudes:

1. Una declaración personal escrita por la víctima, describiendo su relación con el agresor, el abuso que sufrió y cualquier otro detalle relevante.

Una declaración personal debe proporcionar un relato detallado que enumere momentos, lugares y nombres de personas. Debe narrar cómo la víctima y el agresor se conocieron y la naturaleza del abuso. El abuso abarca no solo el abuso físico, sino también el emocional, mental y financiero. La declaración de la víctima debe incluir la afirmación: “Juro bajo pena de perjurio que lo siguiente es verdadero y correcto según mi leal saber y entender”. Puede ser desafiante para alguien revisitar un momento difícil en su vida cuando experimentaron abuso. Abordo el proceso con paciencia y minuciosidad para ayudar a las personas a crear relatos detallados del abuso, ya que es crucial. La declaración de la víctima también puede resaltar actividades que demuestren buena conducta moral, como la asistencia regular a un lugar de culto, el apoyo a la familia o la participación en actividades comunitarias.


2. Registros de antecedentes penales y/o cualquier otra evidencia que demuestre la “buena conducta moral” de la víctima.

Si la víctima tiene condenas previas, los registros de antecedentes penales pueden servir como evidencia para demostrar su actual o recién descubierta “buena conducta moral”. Declaraciones firmadas de amigos y familiares que testifiquen sobre la buena conducta de la víctima también pueden ser suficientes. Al evaluar la conducta moral, USCIS considera “los estándares del ciudadano promedio en la comunidad”. Puedo ayudar a determinar el tipo de evidencia que fortalecerá una solicitud de VAWA.


3. Una copia del pasaporte o certificado de nacimiento de la víctima.

Para establecer su identidad, la víctima debe presentar una copia de su certificado de nacimiento y/o pasaporte. Si los documentos no están en inglés, se requiere una traducción. Por una tarifa (actualmente $50 por documento), puedo proporcionar servicios de traducción.

 

4. Prueba de que la víctima y el agresor conviven.

Bajo la ley VAWA, la víctima debe demostrar que actualmente vive o ha vivido en el pasado con el agresor, ciudadano estadounidense (USC) o residente permanente legal (LPR). Incluso si la víctima y el agresor no estaban casados, su convivencia aún puede considerarse. En ciertas circunstancias, la víctima también puede calificar bajo la ley VAWA si estuvo casada con un USC o LPR y vivió con él fuera de los Estados Unidos. Para proporcionar evidencia de la convivencia, se pueden presentar documentos como contratos de arrendamiento o facturas de servicios públicos con los nombres de ambas partes. Los registros escolares que mencionen a la víctima y al agresor como padres también pueden servir como evidencia. Además, las declaraciones de impuestos y talones de pago pueden ser útiles. Recopilar la mayor cantidad posible de documentos que muestren el nombre de la víctima y del agresor en la misma dirección ayuda a establecer la evidencia necesaria. En ausencia de tales documentos, se pueden presentar declaraciones de amigos y familiares que afirmen que la víctima y el agresor vivían juntos. Puedo ayudar con la traducción de cualquier carta escrita en un idioma que no sea el inglés.


5. Pruebas del maltrato que la víctima ha sufrido.

Las víctimas deben proporcionar la mayor cantidad posible de pruebas que demuestren el maltrato que han sufrido. Puedo ayudar en la recopilación de registros, pero a menudo es más fácil para la persona obtener informes en persona o solicitarlos en línea antes de traerlos a mí. Informes policiales detallando el maltrato o órdenes de restricción contra el agresor constituyen pruebas sólidas. Si el agresor fue arrestado o condenado por abusar físicamente de la víctima, esta puede presentar registros judiciales en ese sentido. Los registros médicos o hospitalarios debido al abuso también proporcionan pruebas convincentes. Finalmente, si la víctima ha consultado a un profesional de la salud mental o ha acudido a un refugio para víctimas de violencia doméstica, esta evidencia también puede presentarse. (Nota: una víctima no tiene que demostrar solo abuso físico para calificar bajo VAWA. El abuso emocional o psicológico puede ser suficiente, o la “crueldad extrema”. La medicación recetada por un psiquiatra debido al abuso también es una prueba válida). Intento obtener la mayor cantidad posible de pruebas de abuso, ya que esto es crucial para el caso de la persona.6. Proof That the Victim Suffered abuse at the hands of a USC or LPR

Si el agresor es ciudadano estadounidense (USC), la víctima debe presentar una copia del certificado de nacimiento del agresor (y su traducción, si es necesario), pasaporte estadounidense o certificado de naturalización. A menudo, los certificados de nacimiento se pueden obtener a través de la oficina de registros vitales en el estado donde nació el agresor. Sin embargo, si el agresor ya ha presentado el Formulario I-130 ante el USCIS en nombre de la víctima, esta puede simplemente presentar una copia de este formulario y/o el recibo o aviso de aprobación subsiguiente del USCIS como evidencia del estatus migratorio estadounidense del agresor.

Si el agresor es residente permanente legal (LPR), la víctima puede presentar una copia de la tarjeta de residencia, un recibo y/o aviso de aprobación del Formulario I-130 del USCIS, o cualquier otro documento de inmigración que haga referencia al estatus migratorio del agresor. Si la víctima no puede obtener ninguno de los documentos anteriores, se puede presentar una solicitud de la Ley de Libertad de Información (FOIA, por sus siglas en inglés) ante el USCIS, solicitando una copia de la aplicación I-130 de la víctima y la documentación de respaldo. El USCIS enviará una copia del expediente de inmigración de la víctima, que puede contener información sobre el cónyuge/agresor. En ausencia de alguna de las pruebas mencionadas anteriormente, la víctima puede presentar declaraciones firmadas por amigos y familiares que conozcan el estatus migratorio del agresor, ya sea como USC o LPR.

También podemos enviar una solicitud al USCIS para buscar en sus registros y verificar el estatus migratorio del agresor. Con dicha solicitud, incluiríamos declaraciones juradas explicando por qué la víctima no puede proporcionar documentos que demuestren el estatus migratorio del agresor. Cabe señalar que el USCIS comprende que los agresores suelen ocultar documentos oficiales como parte del control y abuso. Si una víctima se encuentra en esta situación, podemos describir su difícil situación al USCIS. En este caso, la víctima debe proporcionar la mayor cantidad posible de información de identificación sobre el agresor, como nombres (incluidos alias), fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, número de Seguro Social, número A (para LPR), nombres de los padres y fecha y lugar de naturalización.


7. Pruebas de que la víctima reside actualmente en los Estados Unidos.

Para una auto-solicitud bajo VAWA, es necesario contar con pruebas de que la víctima reside actualmente en los Estados Unidos y proporcionar evidencia de esta residencia. Documentos fiscales y elementos como extractos bancarios y facturas de servicios públicos pueden utilizarse para demostrar que alguien reside actualmente en los Estados Unidos. Los talones de pago también proporcionan pruebas sólidas, mostrando las fechas y horas de trabajo y la cantidad pagada. Una vez que hayamos recopilado pruebas suficientes, las presentaremos ante el USCIS.


8. Pruebas del matrimonio de buena fe de la víctima (si corresponde).

Si la víctima estaba casada con el agresor, debe demostrar que su matrimonio fue celebrado de buena fe, lo que significa que tenían la intención genuina de establecer una vida juntos y no simplemente obtener beneficios migratorios. Las pruebas de un matrimonio de buena fe pueden incluir cuentas bancarias conjuntas, propiedad o arrendamiento conjunto de bienes, facturas de servicios públicos conjuntas, declaraciones de impuestos conjuntas, certificados de nacimiento de hijos nacidos durante el matrimonio y declaraciones juradas de amigos y familiares que atestigüen la legitimidad del matrimonio. El USCIS revisará detenidamente esta evidencia para determinar si el matrimonio se celebró de buena fe.

Se debe tener en cuenta que, aunque se busca proporcionar información precisa y actualizada, las leyes y procedimientos de inmigración pueden cambiar con el tiempo. Siempre se recomienda consultar con un abogado de inmigración o visitar el sitio web del USCIS para obtener orientación más actualizada y específica con respecto a las solicitudes bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA).

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